Cuando un artista escribe un
tema musical, se hace automáticamente titular del derecho de autor y de una
serie de otros derechos conexos a su ejercicio. Desde el momento aue la fase de
gestión resulta demasiado pesada y poco práctica para los artistas, sellos y
editores, la mayor parte prefiere pedir a una sociedad de gestión colectiva de
derechos de autor que administre por ellos la recogida de las royalties. Para
saber más sobre las sociedades de gestión, visita en nuestro blog el post precedente.
Este artículo pretende
explicar qué derechos posee un artista en relación a su obra, qué uso puede
hacer y cuáles de estos derechos pueden ser gestionados por una entidad de
gestión.
¿Qué derechos posee mi
canción?
Cada canción entra en dos categorías
principales de derechos en cuanto se crea:
- Derechos de composición: hace referencia a los derechos relacionados con la
actual idea de composición (la idea musical). En el pasado, los músicos
escribían sus obras directamente en un folio y estos derechos han sido
codificados teniendo en cuenta este aspecto. Hoy día, la mayor parte de los
temas se escriben electrónicamente, más que en papel, por lo que este concepto
se ha hecho cada vez más difícil de comprender por parte de los artistas, sin
embargo, quizás pueda ser el tipo de derecho más importante que poseen en
cuanto a su música. Normalmente, los derechos de composición pertenecen a la
persona que ha compuesto la música de una canción y a la persona que ha escrito
la letra. A menudo, los mismos autores asignan parte de ellos a un editor. De
este modo, el editor les puede ayudar a publicar sus temas musicales a través
de un sello discográfico o a ocuparse de los derechos de autor que el
compositor recibe cuando se usa su canción con finalidad comercial. - Derechos de grabación: Los
derechos sobre la grabación (master) o derechos conexos al derecho de autor,
entran en juego cuando se graba una canción. En general, estos derechos
pertenecen a la persona o la empresa que ha grabado el tema. Tradicionalmente,
corresponden a la casa discográfica que ha ayudado al músico a registrar el
tema musical, financiándolo. La distinción entre los derechos de composición y
los derechos de grabación se está haciendo cada vez más débil, dado que los
músicos suelen escribir y grabar su música en el propio ordenador y, en
general, no necesitan a nadie más para hacerlo ni pagar a terceros por grabar.
¿Poseo estos derechos?
Si has escrito tanto la
música como la letra de una canción, entonces posees el 100% de los derechos de
composición; y si has grabado tu canción con tu ordenador o has pagado a un
estudio para hacerlo, eres el titular del 100% de los derechos de grabación del
sonido. Si tanto los derechos de composición como los de grabación te
pertenecen, entonces no necesitas una licencia ni venderlos, si no quieres
hacerlo.
Ante cualquier cosa que te
diga la gente, acuérdate de que puedes elegir a quién conceder estos derechos y
las condiciones del contrato. Si una sociedad con la que quieres colaborar te
dice que tienes que asignar a un editor el 50% de tus royalties o algunos de
tus derechos a una sociedad de gestión o algo parecido, ten en cuenta que ¡No
estás obligado a hacerlo! Eres dueño de tus derechos de autor como lo eres de tus
instrumentos: son tuyos y puedes elegir qué hacer con ellos. No hay ninguna
norma a seguir cuando se vende o se concede una autorización – es suficiente
seguir las reglas después de haber firmado un contrato de licencia.
¿Qué tipo de derechos
gestiona una sociedad que recauda compensaciones?
Además de la gestión de los
derechos de composición y de grabación del sonido, las sociedades de gestión
administran otros derechos por parte del artista, sellos discográficos y
editores:
- Derechos digitales: Referidos a la música utilizada en Internet. Por
ejemplo: el straming a través de plataformas como Spotify, YouTube e Internet
Radio. - Derechos televisivos: Si una película se transmite por televisión y ésta posee
una canción protegida por el derecho de autor, el titular del derecho tendrá
que recaudar sus royalties a través de una sociedad de gestión local. - Derechos radiofónicos: Los titulares de derechos tendrían que ser pagador con
una royalty cada vez que sus canciones se transmiten por radio. - Derechos en crear copias de
CD. - Derechos sobre los eventos en
directo: Los titulares de los
derechos deberían recibir una royalty cada vez que su canción suena en un
concierto. - Derechos de la música de
fondo: Los titulares de los
derechos tendrían que recibir una royalty cada vez que su cancion se reproduce
en un establecimiento comercial.
Estos derechos podrían
definirse con nombre diverso en el texto de ley sobre el derecho de autor o en
el contrato de una sociedad de gestión, así que intenta estar seguro de haber
entendido a cuál de ellos se refiere en cada acuerdo que firmes. En el pasado,
las sociedades de recaudación de derechos europeas estipulaban acuerdos con los
artistas para la administración total de todos los derechos anteriormente
mencionados, aceptando operar exclusivamente con estas condiciones.
No obstante, las cosas están
cambiando y los artistas por fin están empezando a establecer distinciones. Del
mismo modo que no hace falta contratar un teléfono movil, un teléfono fijo, un
fax, televisión por cable y una banda ancha a la misma compañía, ya no se tiene
que pedir a una misma sociedad que controle todos los derechos relativos a la
propia música. Algunos artistas, sellos y editores siguen creyendo que es mejor
contrarar a una sola organización, pero generalmente ésta no es la opción más
acertada, sobre todo si se quiere ganar dinero con las propias producciones y
que la gente las escuche.
Lo ideal es que seas capaz de
conceder la licencia de tu música a la compañía que mejor consideres, según el nivel
de servicio que puedas recibir por cada derecho musical específico. Puedes
limitar tu contrato con la sociedad de gestión de derechos, pidiéndoles que
administren sólo alguno de ellos y no otros. Soundreef puede ayudarte con los
derechos de la música de fondo (aunque te aconsejamos contar con la entidad de
gestión nacional en cuanto a los otros derechos).
Royalties de Soundreef
Soundreef gestiona royalties
para artistas, sellos y editores cuando su música se utiliza como fondo musical
de las tiendas. Estamos también planteando el hecho de comenzar a gestionar
royalties cuando la música de nuestros artistas se usa durante un evento en directo. Nuestro eficiente y transparente sistema se sirve de tecnología punta,
permitiéndonos mostrar a nuestros artistas exactamente cuándo se está
escuchando su música y dónde. De este modo, son conscientes de que se les paga
adecuadamente y a tiempo, lo que las sociedades de gestión tradicionales no son
capaces de hacer aún.